COLEGIO


COLEGIO


Una de las dos obras más importantes de los salesianos fue el Instituto Técnico Industrial San Juan Bosco (ITIS), actual colegio en Contratación, dirigido por el rector Padre Martín Mendoza.

Anteriormente  estudiar en Contratación era difícil, ya que por el hecho de tener padres enfermos de lepra se estigmatizaban a las personas.

El niño que saliera sano y fuera hijo de enfermos se iba a estudiar al colegio San Bernardo en Guacamayo Santander, creado por el padre salesiano Juan Bautista Soleri,  y las niñas que por igual salieran sanas y tuvieran padres enfermos debían dirigirse al colegio de las Hijas de María Auxiliadora ubicado en Guadalupe Santander, el cual dirigían las hermanas salesianas.
En el caso de que el niño saliera enfermo debía estudiar en el Asilo San Evasio, ubicado donde actualmente está el ITIS, el cual era dirigido por los padres salesianos y si salía una niña enferma era dirigida al Asilo Santa Catalina donde actualmente se encuentra María Mazzarello, y eran dirigidas por las hermanas de María Auxiliadora.
La idea de crear asilos en otras partes era para que no se tuviera comunicación  seguida entre padres leprosos e hijos sanos.
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Los establecimientos en los que se encuentran los niños pertenecían a la Nación,  hasta que el niño tuviera 15 años y empezaba a ser responsable por sí mismo.
Al momento de nacer un niño hijo de enfermos de lepra era llevado a una salacuna y desde ese momento era separado de sus padres, y al cumplir la edad necesaria se iba a los centros educativos creados por el Estado.


Si los enfermos querían estar con sus hijos podían hacerlo bajo unas condiciones:

1.  La capacidad de la casa donde habiten, así como sus condiciones higiénicas permitan tener a esos niños separados de todo enfermo, ya sean de lepra o de cualquiera otra enfermedad contagiosa.
2. si el niño es leproso se le debe aplicar  un activo y puntual tratamiento, bajo la inmediata dirección de un médico.
3.  Suministración de  la alimentación que en cantidad y calidad le prescriba el médico que lo atienda.
4.  la casa de habitación tenga buenos servicios sanitarios (baños  y excusados).
5. por todas y cada una de las condiciones expresadas, se demuestra que el niño se halla en situación igual o mejor que en los asilos oficiales.
6.  Que mensualmente se practique por un médico oficial o una enfermera las visitas en el domicilio, encaminadas a constatar el fiel cumplimiento de estas reglas.
7.   Este permiso puede suspenderse en cualquier momento a juicio de la Administración del leprosorio.

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